Son los establecimientos públicos, privados o mixtos, habilitados y registrados en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, dedicados a prestar servicios de salud o asistencia sanitaria, cualquiera sea su condición jurídica o su denominación (puesto de salud, centro de salud, centros de diagnostico, clínicas, sanatorios, hospitales, empresas de medicina prepaga y entidades de seguridad social), que prestan servicios pre-hospitalarios u hospitalarios, integrales o parciales, o de planes abiertos, cerrado o mixtos. Se las denominara en adelante por la sigla EPSS. Dentro de este grupo también se encuentran las Comunidades Terapéuticas, y Programas Terapéuticos diferentes al anterior, como así mismo Servicios Terapéuticos no Convencionales.- (Ley 2319/06) artículo 1.
La Superintendencia de Salud llama a inscripción de Entidades Prestadoras de Servicios de Salud, por el ejercicio 2011, según Resolución Supsalud nº 001/2011 .
Decreto nº 22.385/98
“Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Salud y los Consejos Regionales y Locales de Salud”
“Por la cual se aprueban el Manual de Organización y Funciones de la Dirección de Enfermería, el Manual de Procedimientos de Enfermería, las Normas Nacionales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Enfermería, el Reglamento de las Normas de Organización y Funcionamiento de los Servicios de Enfermería”
Descargar:Resolución 440/08, Manuales y Reglamentos